Introducción: cuando defender derechos se convierte en un “delito”
En Perú, la defensa de los derechos humanos y la participación en protestas sociales han sido, con demasiada frecuencia, respondidas con persecución, estigmatización y abuso de poder. El caso de una defensora de derechos humanos que logró vencer al Ministerio del Interior, a la Superintendencia Nacional de Migraciones y a la Policía Nacional se ha convertido en un símbolo de resistencia frente a la criminalización de la protesta.
Este proceso judicial puso en evidencia cómo ciertas instituciones del Estado pueden utilizar herramientas administrativas y policiales para intimidar, hostigar y silenciar a quienes alzan la voz frente a vulneraciones de derechos, especialmente en contextos de conflicto social y protesta pacífica.
Contexto: criminalización de la protesta social en Perú
En los últimos años, organizaciones sociales, comunidades indígenas, activistas ambientales y defensores de derechos humanos han denunciado un patrón de criminalización de la protesta en el país. Este patrón se caracteriza por:
- Uso arbitrario de figuras penales como disturbios, resistencia a la autoridad o terrorismo.
- Campañas de estigmatización mediática que presentan a los manifestantes como “violentistas” o “enemigos del desarrollo”.
- Seguimiento policial, fichaje y recopilación indebida de información personal.
- Acciones administrativas que buscan limitar la movilidad o la permanencia en el país, en el caso de personas extranjeras.
En este escenario, el caso de una defensora de derechos humanos sometida a vigilancia y hostigamiento institucional se vuelve paradigmático porque deja al descubierto cómo la lógica de “seguridad” puede ser manipulada para reprimir la disidencia.
El caso: una defensora de derechos humanos bajo presión del Estado
La protagonista de este caso es una reconocida defensora de derechos humanos que acompañaba procesos de denuncia y organización social frente a abusos de autoridad y violaciones de derechos fundamentales. Su trabajo incluía el monitoreo de protestas, el registro de intervenciones policiales y la articulación con organizaciones nacionales e internacionales.
Debido a su labor, fue identificada por las autoridades como una figura incómoda. Se iniciaron entonces diversas acciones institucionales que, bajo el discurso de la seguridad interna y el control migratorio, buscaban limitar su presencia y su rol como acompañante de víctimas.
Actuación del Ministerio del Interior, Migraciones y la Policía
Las medidas tomadas por las instituciones del Estado ilustran una estrategia coordinada para debilitar el trabajo de la defensora y enviar un mensaje disuasorio a otros activistas:
Vigilancia y fichaje policial
La Policía Nacional elaboró registros y reportes sobre sus actividades, presencia en movilizaciones y vínculos con organizaciones sociales. Esta información, lejos de tener un fin legítimo de prevención de delitos, se utilizó para construir un perfil de “riesgo” que justificara medidas restrictivas.
Intervención de la autoridad migratoria
La Superintendencia Nacional de Migraciones, a partir de reportes policiales, evaluó la situación migratoria de la defensora con la intención de limitar o cancelar su permanencia en el país. Se activaron procedimientos administrativos que, en la práctica, funcionaron como una forma de presión y amenaza de expulsión.
Rol del Ministerio del Interior
El Ministerio del Interior avaló y articuló esta lógica de seguridad, sosteniendo la idea de que la acción de defensores y defensoras de derechos humanos podía suponer un riesgo para el orden público. Esta narrativa sirvió para legitimar internamente el hostigamiento institucional y para intentar justificarlo frente a la opinión pública.
La respuesta de la defensora: acudir a la justicia
Frente a estas acciones, la defensora decidió recurrir al sistema judicial. No solo para proteger su derecho a permanecer en el país y continuar con su labor, sino también para denunciar la forma en que el Estado estaba utilizando sus instituciones para criminalizar la protesta social.
Con el acompañamiento de organizaciones de derechos humanos, presentó una demanda que cuestionaba la legalidad y la legitimidad de las medidas adoptadas por el Ministerio del Interior, Migraciones y la Policía. El corazón de la controversia se centraba en la vulneración de derechos fundamentales, tales como:
- Libertad de expresión.
- Libertad de reunión y de protesta pacífica.
- Derecho a defender derechos humanos.
- Debido proceso y garantías frente a procedimientos administrativos.
La sentencia: un precedente contra la criminalización de la protesta
El fallo judicial fue favorable a la defensora y representó un duro revés para la estrategia de criminalización impulsada por el Estado. El tribunal reconoció que las instituciones demandadas habían actuado de manera desproporcionada y contraria a la protección de derechos fundamentales.
Entre los aspectos más relevantes de la decisión se encuentran:
- El reconocimiento del trabajo de defensa de derechos humanos como una actividad legítima y protegida por la Constitución y por estándares internacionales.
- La constatación de que el uso de información policial y migratoria para hostigar a una defensora constituye un abuso de poder.
- La reafirmación de que la protesta social es un derecho, no un acto criminal por sí mismo.
- La orden de cesar cualquier medida arbitraria que afectara la permanencia y el trabajo de la defensora en el país.
Este pronunciamiento judicial marcó un precedente importante, no solo para la protección de esta persona en particular, sino también para otras defensoras y defensores que enfrentan situaciones similares.
Impacto del caso en el movimiento de derechos humanos
La victoria judicial tuvo un fuerte impacto simbólico y práctico en el movimiento de derechos humanos. Por un lado, envió un mensaje claro de que el uso indebido de herramientas administrativas y policiales puede ser revertido en los tribunales. Por otro, reforzó la legitimidad de la labor de acompañamiento y denuncia frente a abusos estatales.
El caso fue apropiado por organizaciones de la sociedad civil como una referencia clave para:
- Diseñar estrategias legales de defensa ante intentos de expulsión o persecución.
- Denunciar la criminalización de la protesta ante instancias internacionales.
- Capacitar a defensores y defensoras en el uso de herramientas jurídicas para proteger su trabajo.
- Visibilizar el rol de las mujeres defensoras y los riesgos específicos que enfrentan.
Estándares internacionales sobre protección a personas defensoras
El caso se enmarca en un conjunto de estándares internacionales que reconocen el derecho a defender derechos humanos. Instrumentos como la Declaración de las Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos y los pronunciamientos de la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos subrayan que los Estados deben:
- Garantizar un entorno seguro y propicio para la labor de defensa de derechos.
- Abstenerse de utilizar instituciones de seguridad o migratorias para intimidar o castigar a quienes protestan.
- Investigar y sancionar las violaciones cometidas contra defensores y defensoras.
- Reconocer públicamente el valor de su trabajo en democracia.
Al fallar a favor de la defensora, la justicia peruana dio un paso para alinear el orden interno con estos estándares, aunque todavía queda un largo camino por recorrer para erradicar la criminalización estructural de la protesta.
Desafíos pendientes y lecciones del caso
A pesar del triunfo judicial, persisten desafíos importantes:
- Reformas normativas para evitar el uso ambiguo de delitos como disturbios o terrorismo.
- Limitaciones claras al uso de información policial y migratoria con fines de vigilancia ideológica.
- Políticas de protección integral para defensores y defensoras, con enfoque de género e interculturalidad.
- Cambios en la cultura institucional de la Policía y del sector Interior para asumir la protesta como un derecho y no como una amenaza.
La principal lección del caso es que la articulación entre organizaciones sociales, defensores y herramientas jurídicas puede frenar abusos de poder. También demuestra que cada victoria judicial, aunque se refiera a una persona concreta, se convierte en un bien colectivo que fortalece la democracia y el respeto a los derechos.
Protesta, territorio y vida cotidiana: una mirada más amplia
La protesta no ocurre en el vacío. Se da en territorios concretos, en ciudades y comunidades donde la gente vive, trabaja, estudia, se organiza y también se moviliza. En estos espacios, el derecho a protestar se entrecruza con el acceso a servicios básicos, al transporte, a la vivienda, a espacios públicos seguros y, en general, a una vida digna.
Por ello, la criminalización de la protesta no solo ataca a quienes levantan la voz, sino que deteriora el tejido social en su conjunto. Cuando las personas temen salir a la calle, reunirse o expresar públicamente sus demandas, se empobrece el debate democrático y se normaliza el autoritarismo. Defender a quienes protestan es, en el fondo, defender el derecho de toda la sociedad a participar en la construcción del país.